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- Publicado hace 1598 dias

Aprueban proyecto que beneficia a enfermos terminales

Aprueban proyecto que beneficia a enfermos terminales
#167 | 02 de Diciembre del 2020
La Comisión de Trabajo despachó a Sala la iniciativa que permitirá que los enfermos terminales tengan un cálculo distinto en su pensión, acorde con su menor expectativa de vida.

Con la presencia de la ministra del Trabajo, María José Zaldívar y del subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, la Comisión de Trabajo aprobó y despachó a Sala el proyecto de ley del Ejecutivo que establece un beneficio para los afiliados y pensionados calificados como enfermos terminales (boletín 13.853).

Cabe recodar que este proyecto se presentó en paralelo a la reforma constitucional iniciada por parlamentarios, y aprobada previamente en general por la Sala (boletín 13.757 ), que plantea la posibilidad de retiro de fondos desde las AFP para los enfermos terminales.

En esta jornada, la instancia respaldó una nueva propuesta del gobierno que indica que todo afiliado que sea certificado como enfermo terminal tendrá derecho a retirar el total o parte de sus fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual.

Para ello, se entenderá por enfermo terminal a toda persona con una enfermedad o condición patológica grave que haya sido diagnosticada, de carácter progresivo e irreversible, sin tratamiento específico curativo o que permita modificar su sobrevida, o bien cuando los recursos terapéuticos utilizados han dejado de ser eficaces, y, en ambos casos, con una expectativa de vida inferior a 12 meses.

A su vez, la solicitud de certificación de enfermo terminal se presentará ante la respectiva AFP debiendo acompañarse un certificado del médico tratante y del director médico de la institución en que es atendido. La calificación estará a cargo de un Consejo Médico nombrado por la Superintendencia de Pensiones.

Los afiliados calificados como enfermos terminales tendrán derecho a percibir una pensión calculada como una Renta Temporal a doce meses, con cargo al saldo de su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, una vez reservado el capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria, cuando corresponda.

El afiliado podrá solicitar reducir la Renta Temporal antes indicada hasta el valor de la Pensión Básica Solidaria para mayores de ochenta años y, en este caso, la diferencia podrá ser retirada como excedente de libre disposición.

A su vez, indica que si el enfermo terminal tuviese una sobrevida superior a doce meses, el total del saldo que exista en su cuenta individual se destinará al pago de la renta temporal por el monto que hasta esa fecha estaba percibiendo.

Invalidez

Al presentarse una solicitud de certificación de enfermo terminal por parte de un afiliado no pensionado o pensionado por invalidez parcial con pensiones transitorias, cubiertos por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, la AFP deberá generar automáticamente una solicitud de calificación de invalidez o reevaluación de invalidez, que se derivará a la Comisión Médica Regional respectiva para su tramitación en un procedimiento prioritario, acompañando copia de los antecedentes médicos aportados por el solicitante.

La Comisión de Trabajo también aprobó que el mayor gasto en que incurra la Superintendencia de Pensiones para la implementación del sistema de certificación de enfermos terminales, será financiado con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Sobre la iniciativa, la presidenta de la comisión, diputada Gael Yeomans (PCS), así como todos los parlamentarios presentes valoraron la idea matriz del texto y la velocidad de su tramitación, donde el foco principal está en los ciudadanos que enfrentan una enfermedad que les da poco tiempo de vida y, por ello, necesitan medidas que sean aplicadas de manera inmediata.