Cámara despachó proyecto que establece el derecho a la desconexión digital de los trabajadores
Por unanimidad, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó las indicaciones ingresadas al proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que define el derecho de desconexión digital de los trabajadores (boletines 11110 y 12284).
La propuesta, que pasó a segundo trámite al Senado, modifica el Código del Trabajo. Establece que los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital, fuera del horario establecido para la jornada de trabajo. El fin es garantizar el respeto de su tiempo de descanso, licencias médicas, permisos y vacaciones. De igual modo, respetar su intimidad personal y familiar.
En específico, la indicación aprobada agrega una sanción al incumplimiento de la nueva ley. Establece que las infracciones de esta normativa se sancionarán de acuerdo con las normas establecidas en el Código del Trabajo.
Durante el debate de la iniciativa intervinieron en la Sala las/los PC Guillermo Teillier, Camila Vallejo y Amaro Labra; PS Gastón Saavedra; PPD Tucapel Jiménez; PCS Gael Yeomans; RD Marcela Sandoval y Maite Orsini; RN Ximena Ossandón; DC Iván Flores; y los independientes Raúl Soto, Tomás Hirsch y Patricio Rosas.
En general, enfatizaron en la necesidad de avanzar en la regulación de este nuevo tipo de trabajo. De igual modo, se busca velar por la protección de los derechos de los trabajadores y su salud mental.
El texto legal también hace extensivo el derecho a la desconexión a los trabajadores contratados bajo régimen de subcontratación, con respecto al empleador principal.
Especifica que las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral.
Se exceptúan de esta situación aquellos casos imprevistos y urgentes en que se requiera al trabajador, así como los trabajadores que pactasen, entre otros, turnos de emergencia, de llamado o tiempos de espera.
Se aplica el derecho a la desconexión digital a los funcionarios públicos y trabajadores a honorarios que se desempeñen con jornada determinada en términos similares a lo definido para el sector privado. La salvedad lo fija una norma que especifica que esta garantía se ejercerá conforme a la naturaleza de las funciones. Así, cada jefe de servicio, mediante resolución al efecto, determinará su aplicación y las eventuales exclusiones.
Entre los antecedentes previos, el texto detalla que, no obstante todo lo positivo que puedan ser consideradas las incorporaciones de las nuevas tecnologías y sus aportes para un trabajo más rápido e inmediato, estas también han mostrado una contraparte que no puede ser soslayada e ignorada. Esto es, que las nuevas tecnologías, en la mayoría de los casos, han atado al trabajador aún más a su puesto de trabajo.
En ese contexto, precisan los mocionantes que la OCDE, de la cual nuestro país forma parte como miembro activo, señala que “Chile es uno de los países en que los trabajadores acumulan más horas de trabajo y esto les está generando altos niveles de estrés laboral”.