La Sala de la Cámara aprobó en general, por 81 votos a favor, 46 en contra y doce abstenciones, el proyecto (boletín 10527) que declara insaneablemente nula la norma vigente que vino a reformar la Ley General de Pesca y Acuicultura, contenida en la Ley 18.892 y sus modificaciones.
La propuesta, que fue devuelta a comisiones al ser objeto de indicaciones, impugna en lo particular la Ley 20.657, que modifica el citado cuerpo legal en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización.
El texto detalla que, durante la tramitación de la citada Ley 20.657, entre los años 2011 y 2013, diferentes sectores e instituciones de la sociedad civil, la pesca artesanal y comunidades indígenas cuestionaron su contenido y manifestaron que atentaba contra el interés nacional, la seguridad alimentaria y los derechos de los pueblos originarios.
A lo anterior, explica la normativa, se sumó la manifiesta presión indebida sobre parlamentarios ejercida por distintos grupos económicos de la pesca industrial que buscaban beneficiarse con las modificaciones propuestas por esta normativa.
Por dichos argumentos, la moción sostiene que la Ley de Pesca debe ser declarada nula, porque en el proceso de discusión parlamentaria se vulneró el principio constitucional de probidad. De acuerdo a lo expresado, en su elaboración intervinieron parlamentarios que tenían, a esa fecha, intereses económicos en la industria pesquera, sin que lo advirtieran ni, menos aún, que se inhabilitaran en la votación.
Por otra parte, se precisa que es un hecho público y notorio que actores particulares de la industria financiaron irregularmente a algunos parlamentarios mientras se discutía la ley. Este principio, entendido como la preeminencia del interés general por sobre el particular, es aplicable por mandato de la propia Constitución a todas las personas que son titulares de funciones públicas, por lo que quedan incluidos los senadores y diputados.
Tras la rendición de los informes de las Comisiones de Constitución y de Pesca, por parte de los diputados Hugo Gutiérrez (PC) y Luis Rocafull (PS), respectivamente se inició el debate en el que, los legisladores a favor de la nulidad centraron su postura en remarcar las consecuencias económicas, sociales y medioambientales de la Ley de Pesca, junto con rechazar “los argumentos y las campañas del terror” que se plantean por eliminar la normativa.
Desde dicha postura, se hicieron consecutivos llamados a anular la denominada “Ley Longueira”, criticando también el actuar del Congreso de la época en el debate de una normativa que, según señalaron, contribuyó a desprestigiar la política.
Por su parte, los diputados que manifestaron su rechazo a la nulidad plantearon que la moción podría traer caos al actual sistema, por lo que estimaron pertinente avanzar en la línea de modificar la actual normativa y no perjudicar a los sectores más pobres, partiendo de cero.
En dicho escenario, subrayaron que aprobar el proyecto sería un error para un sector que da empleo, al tiempo que dejar de lado los avances que se han generado en materia ambiental sería lamentable, producto de una “mala política”.
Por otro lado, consideraron que este tipo de acciones no está dentro de las atribuciones legislativas del Congreso Nacional.
Desde el Ejecutivo, el ministro de Economía, Fomento y Turismo, Lucas Palacios, tomó parte del debate y explicó las consecuencias de la nulidad de la normativa, señalando que ello solo empeora las cosas. “Es un autogol completo”, sentenció.
La autoridad, que llamó a rechazar el proyecto y avanzar en modificaciones, sostuvo que la moción busca borrar jurídicamente la Ley de Pesca, invalidando, así, los efectos administrativos, contractuales y legales que esta norma haya generado y retrotrayendo la situación jurídica al momento previo a su promulgación.
En tanto, el subsecretario de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, dijo que el texto legal infringe la Constitución y solicitó reserva de constitucionalidad. “No existe la potestad expresa para efectos que el legislador pueda declarar la nulidad de una ley”, remarcó ante la Sala.
Igualmente, expresó que “aprobar una ley que anula una anterior, sería un gravísimo precedente, porque podría venir una seguidilla de leyes anulatorias que modificarían el Estado de Derecho y a cuestionar lo que el Congreso ha hecho por el país”.