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Ñuble | Diguillín | Chillán - Publicado hace 363 dias

Gobierno abrió postulaciones al “Subsidio a la Retención Laboral” para Ñuble y otras regiones afectadas por sistema frontal

Nacional Gobierno abrió postulaciones al “Subsidio a la Retención Laboral” para Ñuble y otras regiones afectadas por sistema frontal
#6024 | 06 de Julio del 2023
El nuevo Subsidio de Emergencia Laboral por catástrofe es un aporte mensual para empresas. Su objetivo es ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de la catástrofe producida por las lluvias de junio 2023.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social abrió las postulaciones al Subsidio a la Retención Laboral” para Ñuble y todas las regiones afectadas por el sistema frontal de junio pasado, aporte que será mensual para las empresas y que ofrece una solución de continuidad a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de la catástrofe.

En una ceremonia encabezada por la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, junto a subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo; el seremi del Trabajo y Previsión Social RM, Marco Canales; la directora nacional del SENCE, Romanina Morales, y el director del SENCE Metropolitano, Christian Prieto, se dio la partida al beneficio que busca proteger las fuentes laborales en las zonas donde impactó gravemente el fenómeno natural, como son las regiones de Ñuble,  Valparaíso, O´Higgins, Maule, Biobío y Metropolitana.

El Seremi del Trabajo y Previsión Social de Ñuble, Eduardo Riquelme Lagos, valoró la política pública promovida por el Gobierno, la cual con su ejecución se garantizaría la mantención activa de la mano de obra local y por ende el dinamismo de la economía.

“Estamos muy contentos con este subsidio a la retención, ya que viene a ayudar de manera eficaz y directa a aquellos trabajadores cuyas empresas se vieron afectadas por las inundaciones del temporal que se vivió el mes pasado. Es por eso que hago un llamado a las empresas de nuestra región siniestradas para que postulen en www.subsidioalempleo.cl o se acerquen en busca de información al Sence Ñuble,  ubicado en El Roble Nº 428 – Chillán, o en su OMIL más cercana”, indicó la autoridad.

La directora regional del Sence Ñuble, Leandra Macías Leiva, explicó que la postulación deberá ser realizada por las empresas respecto de cada persona trabajadora dependiente del establecimiento siniestrado. Asimismo, aclaró que al hacerlo deberán presentar contrato de trabajo por cada persona trabajadora ingresada y certificado de cotizaciones de AFP y Salud por cada persona trabajadora ingresada.

“Las empresas que acrediten el cumplimiento de requisitos podrán recibir una bonificación mensual por cada persona trabajadora postulada y concedida, equivalente al 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) durante tres meses, el que podrá ser prorrogada por otros tres meses con una bonificación del 60% del Ingreso Mínimo Mensual”, recalcó Macías Leiva y aclaró que las empresas no tendrán limites respecto de la cantidad de personas trabajadoras a postular, no obstante, la concesión, solo podrá ser posible por un máximo de 50 trabajadores y trabajadoras.

Pueden acceder al subsidio:

Empresas que se hayan visto siniestradas por la catástrofe del sistema frontal de junio 2023 cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social y que se encuentren en las comunas afectadas de las regiones declaradas como Zonas Afectadas por Catástrofe (Valparaíso, O´Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana).

 

  • Empresas que se hayan visto siniestradas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
  • Existencia de una relación laboral al mes anterior del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por la persona trabajadora individualizada.
  • Empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
  • Las empresas que opten al beneficio deberán contar con operaciones en la zona siniestrada y el beneficio se limitará a las personas trabajadoras de dicho establecimiento. Estas personas trabajadoras deberán pertenecer a empresas que hayan visto afectadas sus operaciones producto de la contingencia, sea por daño físico directo a sus instalaciones u otro tipo de daños que no permita la continuidad operacional, impidiendo el ejercicio de labores de sus trabajadores/as.

 

Calendario Postulación

 

Mes de Postulación

Mes de Concesión

Primer Pago

Julio

Agosto

A partir del 15 de agosto de 2023

Agosto

Septiembre

A partir del 15 de septiembre de 2023

Septiembre

Octubre

A partir del 15 de octubre 2023

NOTA: Fecha de pagos son referenciales y sujetas a días hábiles. Con todo, los pagos no podrán superar a diciembre de 2023.

 

Simulación del monto del subsidio según fecha de postulación:

Mes Postulación

Mes de pago

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Julio

352 mil

352 mil

368 mil

276 mil

276 mil

Agosto

 

352 mil

368 mil

368 mil

276 mil

Septiembre

 

 

368 mil

368 mil

368 mil