Ante la Comisión de Cultura, la ministra del ramo, Consuelo Valdés, y el subsecretario del Patrimonio Cultural, Emilio de la Cerda, expusieron los ejes de la propuesta gubernamental para reemplazar el proyecto que establece una nueva institucionalidad y perfecciona los mecanismos de protección del patrimonio cultural (boletín 12.712), ingresado a trámite en junio de 2019.
Cabe recordar que tras el ingreso de la iniciativa se realizaron 40 audiencias públicas en las que se recogieron sugerencias, comentarios y observaciones de diversas entidades, que ayudaron a materializar la nueva propuesta del Ejecutivo, según indicó la ministra Valdés.
Afirmó, asimismo, que esta indicación sustitutiva es fruto del trabajo realizado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio con la sociedad civil, en mesas de trabajo técnicas como institucionales, con el fin de tener una nueva ley que promueva, entregue herramientas y recursos para la protección efectiva del patrimonio, con foco en la gestión, procedimientos y plazos,
“Se contempla la actualización y equilibrio con representantes del sector público y la sociedad civil en el Consejo Nacional del Patrimonio Cultural y en los Consejos Regionales; se estimula y refuerza la participación ciudadana en procedimientos de declaratoria y se potencia un mayor vínculo con los municipios”, señaló.
Igualmente, indicó que “pretende ampliar las categorías de protección; crear nuevas herramientas a los incentivos y excepciones tributarias, contempladas originalmente, e innovar en la protección, la propiedad intelectual de cultores y comunidades de patrimonio inmaterial”.
Por su parte, el subsecretario del Patrimonio Cultural, Emilio de la Cerda, en su presentación, explicó que “hay una disposición específica para que el Estado cree una “Ley de Patrimonio Cultural Indígena”, que parta de cero, que aborde las materias de los pueblos originarios y que sea capaz de empalmarse con esta ley de Patrimonio Cultural”.
Según explicó, la indicación propuesta establece que toda medida administrativa que sea adoptada por el Consejo Nacional del Patrimonio Cultural, los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por sus respectivas secretarías técnicas, cuya ejecución sea susceptible de afectar directamente el patrimonio cultural de los pueblos indígenas, se someterá a lo dispuesto en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en el artículo 13 del decreto supremo N°66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social.
Además, al ser una ley de carácter general, se incorpora un artículo para el tratamiento en específico del patrimonio cultural indígena: “Dentro del plazo máximo de un año contado desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República propondrá al Congreso Nacional una Ley de Patrimonio Cultural Indígena para su protección y salvaguardia, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en el artículo 13 del decreto supremo Nº66 de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social o la norma que lo reemplace”.
La propuesta, entre otras disposiciones, incorpora en al estructura del Consejo Nacional a un director representante de los Museos Nacionales del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural y a un abogado del Consejo de Defensa del Estado. Además, incorpora a un integrante de la Asociación Chilena de Paleontología.
Además, indica que la Secretaria Técnica Nacional será parte integrante del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural prestando apoyo al Consejo Nacional del Patrimonio Cultural y estará a cargo de un secretario, quien actuará como secretario del Consejo Nacional ejecutando.
Las Secretarías Técnicas Regionales, en tanto, dependerán de la respectiva Dirección Regional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, prestando apoyo al respectivo Consejo Regional.
Asimismo, se fortalecen los Consejos Regionales, sumando nuevos consejeros y otorgándoles ciertas funciones en patrimonio cultural protegido.
Se crea una Secretaria Técnica Provincial en Rapa Nui, que estará a cargo de pronunciarse sobre las solicitudes de intervención sobre patrimonio inmueble y patrimonio arqueológico situados en su territorio.
La norma establece, finalmente, que en la categoría de protección, se incorporará la defensa de los meteoritos que se encuentren y/o caigan en el territorio nacional, en atención a su importancia científica y/o educativa, por el solo ministerio de la ley.
Tras conocer la propuesta, la comisión acordó realizar una jornada con diferentes organizaciones para discutir en torno al contenido de esta indicación.