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- Publicado hace 1341 dias

Comisión aprueba retención de ingresos para pago de pensiones de alimentos

Legislativo Comisión aprueba retención de ingresos para pago de pensiones de alimentos
#1523 | 22 de Abril del 2021
El objetivo de la norma respaldada en la Comisión de la Familia es mejorar el sistema de pago de las pensiones alimenticias, en el marco del proyecto que crea el registro de deudores.

La Comisión de la Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados avanzó en la discusión y votación en particular del proyecto de ley que busca promover el principio de corresponsabilidad y mejorar el sistema de pago de pensiones de alimentos.

Para ello, el proyecto modifica la Ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias y crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (boletín 14.077).

En el inicio de la discusión particular, se aprobó una indicación ingresada por el diputado Andrés Longton (RN) para garantizar  el pago a través de la retención de ingresos.

De este modo, se establece que “las resoluciones judiciales que ordenen el pago de una pensión alimenticia, provisoria o definitiva, por un trabajador dependiente, o que perciba una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, establecerán como modalidad del pago la retención por parte del empleador o la entidad pagadora de las pensiones”.

La excepción a esta disposición requerirá el acuerdo entre el alimentante  o su alimentario o el representante legal del mismo, suscrito ante el tribunal.

En el caso de trabajadores independientes o sujetos a contrato de honorarios, el tribunal podrá establecer la retención si estima que es un medio idóneo para garantizar el cumplimiento del pago.

Asimismo, se aprobó la propuesta del Ejecutivo para eliminar la frase “de mala fe” del articulado, con el objeto de aseverar que no importan las intenciones que tenga el alimentario (padre o madre) si con ello pretende reducir el patrimonio en perjuicio de los hijos.

Por último, también se aprobó que los secretarios de los Tribunales soliciten por oficio reliquidar la pensión alimenticia.

Tramitación

El proyecto fue ingresado por el Ejecutivo con suma urgencia y también debe ser revisado por la Comisión de Hacienda.

A su vez, se remitió un oficio a la Corte Suprema para que se pronuncie sobre normas del proyecto, como la retención judicial para el pago de las pensiones y la prohibición de inscribir la compraventa de vehículos motorizados a deudores.

Cabe recordar que el texto también crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Este dará cuenta de las personas que están obligadas al pago de una pensión de alimentos y que adeuden, total o parcialmente, al menos tres cuotas consecutivas o cinco discontinuas.