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Política
Ñuble | Diguillín | Chillán - Publicado hace 1224 dias

Delegado Presidencial de Ñuble valora nuevo proyecto de ley contra amenazas

Elecciones Delegado Presidencial de Ñuble valora nuevo proyecto de ley contra amenazas
#2534 | 15 de Julio del 2021
Este jueves el Presidente de la República, Sebastián Piñera, anunció el envió al Congreso, con discusión inmediata, del proyecto de ley contra amenazas, coacción y hostigamiento, que busca castigar este tipo de situaciones que se han acrecentado principalmente en redes sociales.

Proyecto ley

“Hoy en nuestra legislación, este tipo de males para nuestra sociedad como son el hostigamiento y coacción, no están tipificados como un delito, por eso lo que hace este proyecto de Ley que ha impulsado el Presidente Sebastián Piñera, es crear la figura penal de hostigamiento, para que estos hechos no queden impunes”, destacó el Delegado Presidencial Regional de Ñuble, Cristóbal Jardua, tras la presentación pro parte del Ejecutivo, del Proyecto de Ley Contra Amenazas, Coacción y hostigamiento.

La autoridad regional en compañía del Seremi de Gobierno, Raúl Martínez, explicaron los objetivos de esta ley que será ingresada al Congreso con discusión inmediata. “Como Gobierno debemos velar y proteger a todos los ciudadanos, por eso hoy lo que estamos haciendo con esta ley, es darle rostro a la violencia que, principalmente, se genera en redes sociales, que buscan provocar miedo, dolor, temor a quienes piensan distintos, amparados en una suerte de anonimato y que no tienen sanción. Amenazas que en los últimos meses se han acrecentado, y que hoy nuestro Código Penal, solo se refiere como hechos penales la amenaza y coacción, con tipificaciones que datan de 1874, por lo que debe modernizarse, además, el delito de hostigamiento no existe hoy en nuestra legislación”, sostuvo el Delegado Presidencial Regional.

El Seremi de Gobierno en Ñuble, agregó que “Es muy importante la iniciativa del Presidente Sebastián Piñera de crear este proyecto de ley que sanciona las amenazas, la coacción y el hostigamiento, prácticas que atentan directamente contra el fortalecimiento de la democracia y que por lo mismo, no podemos permitir. Si se considera que el delito de amenazas es el que más se denuncia en nuestro país, consideramos de suma importancia establecer este marco regulatorio que entrega un manto de protección a la ciudadanía en general y robustece el respeto que siempre debe existir entre todos, pues de esa manera construimos un Chile mucho mejor, más igualitario y fraterno”.”

¿Qué señala el proyecto de Ley?

El delito de amenazas es el que más denuncias registra en nuestro país. El año pasado, se presentaron 101.112 denuncias que se tradujeron en 20.429 detenciones. La coacción, que consiste en compeler a otro mediante violencia o amenaza, no está tipificada en la regulación actual como delito, lo que se pretende cambiar. El hostigamiento o acoso no está contemplado en los orígenes del Código Penal, por lo que con este proyecto se incluye como delito por separado.

Con este nuevo proyecto, el delito de coacción, contempla penas que están dentro de los 541 días hasta 5 años de presidio y se tipifica como coacción básica (violencia o amenaza a una persona para que realice una acción u omisión); coacción a intervinientes de la investigación o el procedimiento penal; y coacción a funcionario público.

Se simplifica el delito de amenazas, separándolo de las coacciones y el hostigamiento, y se crean figuras calificadas para el delito de amenazas como cuando la amenaza consiste en cometer alguno de los delitos más graves (homicidio, incendio, violación, entre otros) o cuando se realicen de manera anónima o con falsa identidad.

Se aumentan las penas hasta 5 años si el delito va dirigido a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor penal público, o personal de Carabineros, PDI o Gendarmería. Se incluye y tipifica el delito de hostigamiento, que es cuando una persona, ya sea verbalmente, a través de mensajes, llamadas telefónicas o mediante un medio de comunicación, afecta la intimidad, vida privada o integridad psíquica de otra persona, mediante acciones insistentes y no deseadas, tales como seguimientos, llamados telefónicos, intentos de tomar contacto o envío de comunicaciones. Contempla penas de privación de libertad desde 61 días a 5 años.