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- Publicado hace 1307 dias

Comienza trámite de mociones relacionadas a rentas vitalicias en Comisión de Constitución

Legislativo Comienza trámite de mociones relacionadas a rentas vitalicias en Comisión de Constitución
#1938 | 27 de Mayo del 2021
Las propuestas buscan establecer el carácter temporal en la baja de la renta vitalicia mensual para los pensionados que hicieron retiro anticipado de sus fondos.

La Comisión de Constitución comenzó el análisis de dos reformas constitucionales que se relacionan con el tema de los pensionados de rentas vitalicias que hayan retirado el 10% de sus fondos, las que se analizarán de manera conjunta.

Los proyectos, originados en mociones de diputados y diputadas, surgieron en respuesta al instructivo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a las compañías de seguros, para que descontaran de la renta mensual, de por vida, el mismo porcentaje que los pensionados de rentas vitalicias hayan solicitado como adelanto de sus pensiones (ver nota anterior).

El primer proyecto (boletín 14235) establece el plazo durante el cual se disminuirá la renta vitalicia mensual de los asegurados que hayan ejercido el derecho de anticipo consagrado en la Ley 21.330 (tercer retiro del 10%).

Su principal impulsor, diputado Karim Bianchi (IND), explicó que el objetivo de la propuesta es definir el alcance de la disposición constitucional transitoria quincuagésima que posibilitó un adelanto de las rentas vitalicias mensuales, estableciendo que, una vez pagado o devuelto el monto adelantado, los afiliados deben volver a percibir la renta mensual originalmente pactada.

El legislador consideró que la circular de la CMF  “es una interpretación errónea de la normativa” que no considera el espíritu con que se aprobó la ley, ya que nunca se consideró un descuento de manera vitalicia, criticando en ello la insistencia del organismo en su postura. “La CMF está más preocupada de las aseguradoras y no le importa qué pasa con los pensionados y la situación que el país está viviendo”, planteó.

El segundo proyecto de reforma a la Carta Fundamental se refiere a la regulación del pago anticipado de renta vitalicia y su restitución (boletín 14263), incorporando una regla que explicite el efecto de la imputación a prorrata según la norma vigente, en caso de adelanto de los fondos en la reserva técnica.

El texto precisa que solo tiene un alcance temporal hasta que se logre complementar la reserva existente a la fecha del adelanto de los recursos, el que podrá aumentar por una rentabilidad futura u otros aportes. Ello, con la finalidad de evitar un efecto definitivo y desproporcionado en la renta mensual del pensionado.

Invitados

El presidente de Asociación de Aseguradoras de Chile, Mario Gazitúa, explicó los efectos de la norma indicada que produce un reducción de la reserva técnica permanente, ya que se reduce el monto de la prima pagada en origen, lo que, automáticamente, baja la pensión. “Es un perjuicio para las aseguradoras, no se trata de un préstamo, implica que si no tenemos capital en las aseguradora por años, no podemos volver a la pensión original”, sostuvo.

El directivo agregó que el nuevo cálculo de la renta vitalicia es inviable porque afecta el patrimonio de la compañía, agrava el sistema de pensiones y no respeta las reglas del juego para inversionistas locales y extranjeros que ofrecen sus productos.

Por lo anterior, Gazitúa dijo que no están de acuerdo con las propuestas de ley, porque complican y trasgreden la estructura de la industria de las aseguradoras, donde 72 compañías son un eje de estabilidad del país y dan tranquilidad a miles de chilenos.

El ministro Secretario General de la Presidencia, Juan José Ossa, señaló que, debido a la citada Ley 21.330, en lo referido a los pensionados de rentas vitalicias, existe un proceso contra el Estado de Chile, ya que se señala que podría afectar el Tratado de Libre Comercio con EE.UU., disputa que puede generar un arbitraje internacional.

En tanto, en representación de la CMF, expuso su comisionada Bernardita Piedrabuena, quien expresó que el adelanto de fondos de rentas vitalicias disminuye la reserva técnica, que se calcula considerando la esperanza de vida y la pensión mensual a pagar.

Añadió que el proyecto signado con el boletín 14.235 tiene diversos efectos, como la discriminación respecto de pensionados de rentas vitalicias que anticiparon sus pensiones, posible aumento del costo fiscal del pilar solidario y costos de demandas contra el Estado de Chile.

Asimismo, enfatizó que el proyecto cambia la naturaleza del contrato del seguro (renta vitalicia), generando un impacto económico mayor en las compañías entre 309 y 704 millones de dólares, poniendo en riesgo su estabilidad y solvencia, lo que podría afectar el cumplimiento de sus compromisos con los asegurados por seguros de vida o salud (que alcanzan en conjunto a 9,5 millones de personas).

Parlamentarios de oposición coincidieron en la necesidad de buscar una solución para los cerca de 700 mil pensionados por rentas vitalicias, para lo que escucharán a diversos expertos y exautoridades de previsión social. Además, esperan una postura clara del Gobierno.

Por su parte, el diputado Gonzalo Fuenzalida (RN) consideró que estos proyectos generan más problemas, ya que destruirán el sistema de seguros que existe en Chile, afectando la solvencia de las compañías que si quiebran no pagarán coberturas.

Reforma al Código Civil

El tercer proyecto que comenzó su tramitación (boletín 14046), pero que será analizado en forma separada a los dos anteriores, contiene una modificación en el artículo 1682 del Código Civil, incorporando un nuevo requisito de validez a todo acto o contrato civil, con el objeto de proteger el interés general de la sociedad, modificando el título XX referido a “la nulidad y rescisión”.

El texto propone que todos los actos o contratos que se relacionen con una tabla de mortalidad superior a los 85 años de edad sean sancionados con la nulidad absoluta del mismo. Es decir, cualquier acto jurídico no podrá considerar una tabla de mortalidad que supere ese parámetro.